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Legislación y uso de defensas extensibles: ¿Qué requisitos hay que cumplir para llevar una defensa extensible policial?

¿Conoces la legislación existente sobre defensas extensibles?

¿Existe una regulación de la tenencia de defensas extensibles? ¿Todos los cuerpos de seguridad pueden hacer uso de este arma de defensa? Hoy aclaramos todas vuestras dudas sobre las defensas extensibles.

A través de las redes sociales son muchas las veces que nos habéis preguntado si podéis adquirir una defensa extensible como la Defensa Extensible ESP 16” de Shoke, pues os resultaría mucho más práctica y cómoda de transportar. Sin embargo, esta adquisición es muchas veces imposible, por la ley que regula este tipo de arma de defensa personal. Hoy aclaramos todas vuestras dudas, dejando claro quiénes pueden adquirir las defensas extensibles y quiénes no.

Reglamento sobre las defensas extensibles

Para conocer cuál es la legislación vigente sobre la tenencia y uso de defensas extensibles tenemos que consultar el Reglamento de Armas aprobado en el Real Decreto 137/1993, el 29 de enero de 1993. El primer punto que esta ley deja claro es que la venta y consiguiente uso de defensas extensibles está prohibido para cualquier civil.

No obstante, esto no significa que cualquier trabajador de un cuerpo de seguridad privado o del Estado, pueda adquirir una defensa extensible, ya que según una Orden Ministerial aprobada el 28 de abril de 1982, se debe contar con el permiso y la autorización de los cuerpos para los que trabajen. Es decir, que aquellos trabajadores que quieran adquirir una defensa extensible necesitan presentar un escrito oficial en nuestra tienda, para poder comprarla. Este escrito puede estar firmado por una empresa de seguridad privada o por un ente público como una comisaría, pero su presentación es obligatoria.

Esta legislación tan severa, comparado con otros país de Europa en los que su adquisición es totalmente libre, se debe a que la ley entiende que este tipo de defensa personal puede causar más daño que otro tipo de defensas y que además, es más fácil de ocultar. En definitiva es una forma de evitar que los delincuentes se hagan con ella, pero que en la práctica no se evita con tanta facilidad.

¿Conoces la legislación existente sobre defensas extensibles?

Características de la defensa extensible

 

  1. Diferentes tamaños, pero siempre más fáciles de portar: una de las principales características de esta defensa extensible es que puede llevarse oculta en misiones de paisano, y resultar totalmente invisible a la vista. Por ejemplo, puedes elegir una defensa de 16 cm o una defensa extensible 21 cm y que ambas resulten igual de invisibles a la vista.

 

  1. Materiales de máxima calidad como el acero endurecido: las defensas extensibles están fabricadas en materiales diferentes a las defensas personales normales, siendo el acero endurecido uno de los principales materiales en su creación. Esto permite que sean defensas personales que aguanten en las condiciones más extremas sin ningún tipo de daño, como ocurre con la Defensa Extensible Clip 21”. Además, muchas de ellas cuentan con un mango de goma antideslizante que facilita y mejora el agarre.

 

  1. Máxima agilidad en la extracción: el hecho de que las defensas extensibles suelan llevarse en su versión más portátil, no significa que esto aumente o ralentice el tiempo de actuación. Las defensas extensibles como la Defensa Extensible ASP 21” Talon, cuentan con la última tecnología para que en un único movimiento, el agente esté listo para defenderse.

 

Esperamos que este artículo te haya permitido saber cuál es la regulación oficial para la tenencia y uso de defensas extensibles y que hayas resulto todas tus dudas. Y recuerda, si en el cuerpo de seguridad en el que trabajas te permiten tener una defensa extensible, esta puede ser un gran extra para tu equipamiento táctico. Ponte en contacto con nuestra tienda a través del mail info@tiendashoke.es y añádenos la petición oficial para su adquisición.

 

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