Artículo sobre requisitos y legislación para ser vigilante de seguridad actualizado el 18 de diciembre de 2025
Aumento de la información y referencias legales con actualización de contenido a la época presente.
¿Estás pensando en convertirte en vigilante de seguridad? En Tienda Shoke queremos ayudarte con todo el proceso, dándote toda la información que necesitas conocer, antes de comenzar con el proceso. ¡Toma nota de los requisitos y legislación para ser vigilante de seguridad!
Marco legal de la seguridad privada en España
El eje de la normativa vigente en España que debes conocer si estás buscando la legislación para ser vigilante de seguridad es la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, que define el ámbito de aplicación, las actividades autorizadas, las obligaciones de las empresas y del personal de seguridad privada, así como los mecanismos de control y supervisión por parte del Ministerio del Interior y la Policía Nacional.
Además de la Ley 5/2014, la seguridad privada se encuadra en un contexto normativo más amplio que incluye otras normas de relevancia. Por ejemplo, la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana, que aborda aspectos complementarios en materia de seguridad y coordinación entre seguridad pública y privada, especialmente respecto a medidas que afectan a establecimientos, infraestructuras y servicios esenciales.
El desarrollo reglamentario de la Ley 5/2014 se ha venido haciendo a través de normas posteriores (reglamentos y órdenes ministeriales), aunque algunos textos de desarrollo pendientes aún están en proceso de actualización para adaptarse a nuevos escenarios tecnológicos y sociales. Esto ha generado un marco normativo mixto, donde la ley principal convive con reglamentos más antiguos y una serie de normas complementarias que completan el régimen jurídico.
Requisitos para ser vigilante de seguridad
Antes de comenzar con el proceso de convertirte en vigilante de seguridad, recuerda que hay unos puntos que debes cumplir. Estos son:
1. Ser mayor de edad (18 años)
2. Se debe tener nacionalidad española, adquirida o de nacimiento. También se puede comenzar con el proceso si tienes nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea.
3. Se debe contar, al menos, con el graduado en ESO o títulos equivalentes.
4. No se pueden tener antecedentes penales.
5. Es necesario un informe médico que acredite que el futuro vigilante de seguridad tiene las condiciones físicas adecuadas para la realización de este tipo de trabajo.
Legislación para ser vigilante de seguridad
Si cumples con los requisitos generales para ser vigilante de seguridad, el siguiente paso es ajustarte al marco legal y al procedimiento de habilitación establecido por la normativa española en materia de seguridad privada.
- Formación obligatoria homologada: para acceder a la habilitación es obligatorio realizar y superar un curso de formación homologado por el Ministerio del Interior, impartido por un centro autorizado. Este curso tiene una duración mínima de 180 horas y debe ajustarse al programa oficial establecido por la Secretaría de Estado de Seguridad. La formación puede impartirse en modalidad presencial o mixta, dentro de los límites autorizados, e incluye contenidos jurídicos, técnicos y operativos relacionados con el ejercicio profesional del vigilante de seguridad. Las prácticas de tiro solo son obligatorias en el caso de vigilantes que vayan a desempeñar servicios armados, no siendo un requisito previo para la habilitación básica como vigilante sin arma. Es importante asegurarse de que el curso esté debidamente homologado, ya que existen cursos de preparación que no habilitan oficialmente para presentarse a las pruebas.
- Pruebas oficiales de habilitación: Una vez finalizado el curso, el aspirante debe superar las pruebas oficiales convocadas por el Ministerio del Interior, gestionadas por la Policía Nacional. Estas pruebas constan de dos partes y la superación de ambas es obligatoria para continuar el proceso de habilitación.
– Pruebas físicas: adaptadas a la edad y sexo del aspirante, cuyo contenido concreto se establece en cada convocatoria oficial.
– Prueba teórica: normalmente tipo test, basada en el temario oficial del curso. El número de preguntas, el tiempo disponible y el criterio de calificación pueden variar según la convocatoria, siendo necesario alcanzar la puntuación mínima exigida para aprobar. - Tarjeta de Identidad Profesional (TIP): Una vez superadas las pruebas, el aspirante debe solicitar la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP), que es el documento que acredita legalmente la condición de vigilante de seguridad. Concedida la TIP, la inscripción en el Registro Nacional de Seguridad Privada se realiza de oficio por la Administración, sin que el profesional tenga que efectuar ningún trámite adicional. Solo a partir de este momento se puede comenzar a ejercer legalmente la actividad como vigilante de seguridad.
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Obtención de la TIP (Tarjeta de Identidad Profesional)
Como hablamos en la sección de legislación para ser vigilante de seguridad, la Tarjeta de Identidad Profesional (TIP), el documento oficial que habilita legalmente para ejercer como vigilante de seguridad en España, es fundamental. Por ello, queremos hablar en detalle sobre su consecución.
- Qué es la TIP de vigilante de seguridad y para qué sirve: La TIP es una acreditación personal e intransferible, expedida por el Ministerio del Interior, que identifica al profesional como vigilante de seguridad habilitado y que se consigue una vez superados todos los requisitos y legislación para ser vigilante de seguridad. En ella figuran los datos personales, el número de habilitación y la especialidad profesional, y debe portarse siempre durante el servicio, conforme a la normativa vigente.
- Solicitud de la TIP de vigilante de seguridad: Una vez superadas las pruebas oficiales de habilitación establecidas en la legislación para ser vigilante de seguridad, el aspirante debe solicitar la TIP ante la Policía Nacional, normalmente a través de la Unidad Central de Seguridad Privada o de las unidades territoriales correspondientes. La solicitud suele incluir los siguientes documentos y puede hacerse de forma presencial o telemática:
– Impreso oficial de solicitud.
– Documento de identidad en vigor.
– Certificado de aptitud psicofísica.
– Justificante de haber superado las pruebas oficiales.
– Fotografía conforme a los requisitos administrativos. - Inscripción en el Registro Nacional de Seguridad Privada: Una vez concedida la TIP tras superar las pruebas de la legislación para ser vigilante de seguridad, comienza el proceso de inscripción en el Registro Nacional de Seguridad Privada que se realiza automáticamente por la Administración. El vigilante no tiene que inscribirse por su cuenta, ya que este trámite se efectúa de oficio como parte del proceso de habilitación.
- Vigencia y mantenimiento de la TIP: La TIP tiene una vigencia indefinida, pero su validez está condicionada al cumplimiento continuo de los requisitos legales. El vigilante debe: Mantener la aptitud psicofísica exigida, carecer de antecedentes penales incompatibles con la profesión, cumplir con la formación de actualización y reciclaje obligatoria. La TIP puede ser suspendida o retirada en caso de infracciones graves, muy graves o pérdida de los requisitos legales.
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Conclusión: Tienda Shoke del lado de los vigilantes de seguridad y futuros aspirantes
Esperamos que este artículo sobre los requisitos y legislación para ser vigilante de seguridad, te haya resuelto todas tus dudas. Y recuerda, si buscas material de seguridad para tu trabajo, no dudes en visitar nuestra tienda física u online.
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